Protección de Datos en Facebook y Whatsapp

17 Jul, 2019 | Empresa, Protección de Datos, Sevilla

En la era de la información y el Big Data, los datos personales cada vez tienen más valor. Los ciudadanos usamos las redes sociales a diario, generando un archivo de datos personales, tanto a la hora de registrarnos en las plataformas como en el uso cotidiano que hacemos de ellas. Tal es el caso en el uso de Facebook y Whatsapp.

El origen de estas empresas y las diferencias que existen en cuanto a las normativas vigentes en cada zona del mundo, generan situaciones de conflicto en la Protección de Datos en Redes Sociales.

Las Autoridades Europeas de Protección de Datos mantienen una contienda con plataformas sociales como Facebook y Whatsapp. Se debe al incumplimiento sistemático de las normas de protección de datos en su funcionamiento.

Según el GT 29 (Grupo de Trabajo del Artículo 29), órgano consultivo independiente, integrado por las Autoridades de Protección de Datos de los Estados miembro de la UE, hay tres aspectos en los que se incumplen las normativas:

Consentimiento del usuario
Uso de los datos por parte de estas empresas
Información que se facilita a los usuarios

Carta del GT 29 a Facebook y Whatsapp

El GT 29 envío públicamente una carta en octubre de 2017 a los responsables de las dos plataformas sociales más populares y utilizadas. En ella:

“Hace un llamado para actúen de manera justa y transparente con los interesados (los europeos afectados por su procesamiento de datos personales), cumplan con la Ley de Protección de Datos de la UE y cooperen plenamente con las autoridades europeas de protección de datos.”

En la carta también expresaron la preocupación ante la falta de soluciones a los problemas planteados en otra misiva enviada el Diciembre pasado.

NUEVA LEY DE PROTECCION DE DATOS

El pasado 5 de diciembre de 2018 entró en vigor la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales. Estas son algunas de las novedades:

  • Derecho a la portabilidad : cuando nuestros datos se traten de forma automatizada, recibiremos los datos personales en un formato estructurado, de uso común, y podremos transmitirla a otro responsable del tratamiento.
  • Derecho a la limitacion del tratamiento: esto es, poder solicitar tanto suspension del tratamiento de tus datos como la conservación de ellos.
  • Los ciudadanos podran ser incluidos en los llamados ficheros de morosidad.
  • Respecto a personas fallecidas, se permitirá que una persona vinculada al fallecido pueda solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos de la persona fallecida
  • Obligación de designar un delegado de Protección de Datos para las organizaciones cuya actividades consistan en tratamientos que requieran una observación habitual y sistemática de los ciudadanos a gran escala. También para actividades de tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales, o datos relativos a condenas e infracciones penales.
  • Para los órganos y organismos del sector publico se exige la publicación del registro de actividades de tratamiento y la designación de un Delegado de Protección de Datos

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